Articulo 13 TR. Ley de la función pública
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»Artículo 13.- Consejo Regional de la Función Pública.
Vigente
DEROGADO.
Modificaciones
- Modificación realizada (13 (se deroga)) por Decreto-Ley n.º 5/2022, de 20 de octubre, de dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública.
(BORM de 21-10-2022) en vigor desde 22-10-2022 - Artículo modificado por Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social para el año 2007.
(BORM de 30-12-2006) en vigor desde 01-01-2007