Articulo 13 Salud pública
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 13. Competencias del Gobierno.
Vigente
Corresponden al Gobierno de las Illes Balears la dirección y la planificación básicas en materia de salud pública y establecer las directrices correspondientes y el ejercicio de la potestad normativa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-01-2011 en vigor desde 05-01-2011