Articulo 13 Reglamento de...s de Álava

Articulo 13 Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Álava

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Artículo 13. Principio general.

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En las transmisiones por causa de muerte, constituye la base imponible del Impuesto el valor neto de la participación individual de causahabiente en el caudal hereditario, entendiéndose como tal el valor real de los bienes y derechos adquiridos minorado por las cargas o gravámenes, deudas y gastos que tuvieren la condición de deducibles.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-12-2006 en vigor desde 23-12-2006