Articulo 13 Reconocimient...s públicos

Articulo 13 Reconocimiento y reparación de las víctimas por actos de motivación política provocados por grupos de extrema derecha o funcionarios públicos

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Artículo 13. Creación.

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1. Se crea la Comisión de Reconocimiento y Reparación, como órgano colegiado independiente destinado a valorar las solicitudes presentadas y proponer, al amparo de esta ley foral, la admisión o inadmisión de las solicitudes y, cuando proceda, la propuesta de declaración de la condición de víctima y, en su caso, las medidas de reparación.

2. La Comisión de Reconocimiento y Reparación se adscribirá orgánicamente al departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de paz, convivencia y derechos humanos, y en el ejercicio de las funciones que la presente ley foral le atribuye, actuará con autonomía y plena independencia, debiendo cumplir las funciones asignadas con objetividad, profesionalidad, integridad, imparcialidad, confidencialidad y sometimiento al ordenamiento jurídico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-04-2019 en vigor desde 02-04-2019