Artículo 13 quater. Bonificación en la cuota íntegra.
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»Artículo 13 quater. Bonificación en la cuota íntegra.
Vigente
Sobre la cuota íntegra del impuesto se aplicará una bonificación del 50 % de su importe.
Modificaciones
- Modificación realizada (13 quater) por LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(DOGA de 30-12-2022) en vigor desde 01-01-2023 - Artículo modificado por LEY 18/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(DOGA de 31-12-2021) en vigor desde 01-01-2022