Articulo 13 Proyectos Est...s Públicos

Articulo 13 Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos

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Artículo 13. Comisión de Simplificación.

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1. Dependiente de la consejería competente en materia de inspección y calidad de los servicios se crea la Comisión de Simplificación como órgano colegiado de la Administración regional encargado del impulso de la simplificación y de la reducción de cargas administrativas en la misma.

2. La Comisión de Simplificación tendrá, entre otras funciones, la identificación, propuesta y seguimiento de la simplificación de los procesos a los que se refiere el artículo anterior.

3. El titular de la consejería competente en materia de inspección y calidad de los servicios determinará mediante orden la composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de Simplificación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-2014 en vigor desde 28-03-2014