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Articulo 13 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema

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Artículo 13º.-Funciones de la Unidad de Coordinación de la Dependencia.

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Serán funciones de la Unidad de Coordinación de la Dependencia:

a) Establecer, unificar e informar de los criterios generales para la correcta aplicación de los baremos para la valoración de la dependencia establecidos normativamente, así como en lo referido al establecimiento y elaboración del Programa Individual de Atención.

b) Prestar asesoramiento en las reclamaciones y asistencia técnica en los recursos y procedimientos contenciosos en los que sea parte la Administración autonómica en materia de valoración de la situación de dependencia y de los programas individuales de atención.

c) Prestar asistencia técnica de coordinación y seguimiento de las valoraciones de la situación de dependencia y del establecimiento de los correspondientes programas individuales de atención, así como en los sistemas de información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

d) Garantizar el seguimiento y la calidad de la información compartida entre los sistemas de información de la Comunidad Autónoma de Galicia y el Sistema de Información de Atención a la Dependencia del Estado (SISAAD).

e) Coordinar el reconocimiento de los servicios establecidos en las resoluciones del Programa Individual de Atención con las unidades administrativas competentes en materia de adjudicaciones de plazas y prestación de los servicios.

f) Coordinar los planes de formación de los profesionales de los órganos de valoración y asesoramiento y de los técnicos, así como de otros profesionales de la red pública que puedan intervenir en los procedimientos regulados en el presente decreto.

g) Aquellas otras cuestiones que le atribuya el órgano superior competente en materia de dependencia o aquellas otras que le sean atribuidas en aplicación de la normativa vigente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-02-2010 en vigor desde 20-02-2010