Articulo 13 Presupuestos 2024 I Balears

Articulo 13 Presupuestos 2024 I. Balears

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Artículo 13. Adaptación anual de los límites retributivos a que se refiere la disposición adicional decimoquinta de la Ley 15/2012

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Para el año 2024, las cuantías máximas que establecen los apartados 2.1, 2.2 y 2.4 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2013, en relación con los límites retributivos aplicables a cada uno de los grupos de clasificación profesional del personal laboral al servicio de los entes del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, no experimentarán ninguna variación respecto de las vigentes el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de las variaciones retributivas que se puedan producir por dichos conceptos o por otros conceptos por razón de lo previsto en el artículo 12.4 de la presente ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2023 en vigor desde 01-01-2024