Articulo 13 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
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»Artículo 13. Procedimiento sancionador
Vigente
En todo lo no previsto en este Decreto ley, así como en lo que respecta al procedimiento sancionador, debe aplicarse el título IX de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Illes Balears.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2022 en vigor desde 13-07-2022