Articulo 13 Ordenación Sanitaria de Canarias
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»Artículo 13. Objeto.
Vigente
El Plan de Salud de Canarias es el instrumento estratégico para la planificación y coordinación y de articulación funcional de las actividades de promoción y protección de la salud, de prevención de la enfermedad y de asistencia sanitaria de todos los sujetos, públicos y privados, integrantes del Sistema Canario de la Salud, que garantiza que las funciones del Sistema se desarrollen de manera ordenada, eficiente y eficaz, y a tal fin sus resultados estarán sometidos a evaluación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-1994 en vigor desde 25-08-1994