Articulo 13 Normas sobre ...cia humana

Articulo 13 Normas sobre medidas higiénico-sanitarias en perros y gatos de convivencia humana

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Artículo 13.

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La tenencia de perros en viviendas urbanas queda condicionada a las circunstancias higiénicas óptimas de su alojamiento, a la ausencia de riesgos en el aspecto sanitario y a la inexistencia de molestias para los vecinos que no sean las derivadas de la naturaleza misma del animal.