Articulo 13 Medidas tributarias, administrativas y financieras
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 13. Tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios.
Vigente
Se modifica el apartado 2.b) de las bases y tipos de gravamen o tarifas de la Tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios, del Anexo "TASAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE", en la actualidad, CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que tendrá la siguiente redacción:
"b) Pruebas alérgicas:
Por cada determinación..................................................0,591568".
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 12-02-2015