Articulo 13 Medidas de pr... de género

Articulo 13 Medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género

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Artículo 13. Seguimiento en los Consejos Escolares.

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En los consejos escolares de los centros públicos y priva-dos concertados se designarán una persona, con formación en igualdad de género, que impulse y lleve a cabo el seguimiento de medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Con el mismo fin, en el Consejo Escolar de Andalucía se asegurará la representación del Instituto Andaluz de la Mujer y de las organizaciones que difiendan los intereses de las mujeres con representación en todo el territorio andaluz.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-12-2007 en vigor desde 19-12-2007