Articulo 13 Medidas para paliar la crisis producida por los efectos de la guerra en Ucrania
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»Artículo 13. Supuestos de falta de bases reguladoras, de convocatoria o de concurrencia
Vigente
Las reglas previstas en el artículo anterior son igualmente aplicables a los procedimientos de concesión de subvenciones que se inicien de oficio o a solicitud de persona interesada en los que no sea legalmente necesaria la aprobación previa de bases reguladoras o de convocatoria, o no sea exigible la concurrencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-03-2022 en vigor desde 31-03-2022