Articulo 13 Medidas Fiscales y Administrativas 2012 de Madrid
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»Artículo 13. Modificación parcial de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamizaciónde la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid
Vigente
Se adiciona al Capítulo II de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamizaciónde la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, un nuevo artículo 2 bis, con el siguiente tenor literal:
"Artículo 2 bis. Licencias urbanísticas.
El régimen jurídico aplicable a la inexigibilidad de licencias será el establecido con carácter básico en la normativa estatal en la materia y el regulado en el presente Capítulo de esta ley".
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2012 en vigor desde 01-01-2013