Articulo 13 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2004 C León
Articulo 13 Medidas Econo...004 C León

Articulo 13 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2004 C. León

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 13. Introducción de un nuevo apartado en el artículo 9 de la Ley 11/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se introduce un nuevo apartado en el artículo 9 de la Ley 11/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, con el siguiente contenido:

«3. El adquirente, en los supuestos de aplicación de la reducción contemplada en este artículo, no podrá realizar actos de disposición y operaciones societarias que, directa o indirectamente, puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor de adquisición. En el caso de incumplimiento de este requisito deberá pagar la parte del impuesto que se hubiera dejado de ingresar como consecuencia de la reducción practicada y los intereses de demora a que se refiere el artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2004 en vigor desde 01-01-2005