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Articulo 13 Gobierno de Illes Balears -derogada-

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Artículo 13. De la responsabilidad política.

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1. El presidente responde políticamente ante el Parlamento, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria del Gobierno y de la directa de cada uno de sus miembros por su gestión.

2. La delegación de funciones ejecutivas del presidente en el vicepresidente o en un consejero no lo exime de la responsabilidad política ante el Parlamento.

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  • Texto Original. Publicado el 22-03-2001 en vigor desde 23-03-2001