Articulo 13 Creación de la Red Pública de Servicios Lingüísticos
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»Artículo 13. Instalaciones
Vigente
Las entidades responsables velarán para que los servicios lingüísticos valencianos dispongan de un espacio adecuadamente acondicionado para que el personal adscrito pueda realizar las tareas que les correspondan con normalidad y adecuación a su categoría profesional.