Articulo 13 Cooperación para el desarrollo
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Artículo 13. El plan director

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1. El plan director, que es cuadrienal, tiene que establecer las líneas generales y las directrices básicas de la política de cooperación para el desarrollo de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

2. Este plan tiene que establecer los objetivos y concretar las prioridades que señalan los artículos 8, 9, 10 y 11 de esta ley, y también los recursos presupuestarios indicativos, que orientan las actuaciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de cooperación para el desarrollo durante su período de vigencia y que se deben respetar y concretar en los planes anuales correspondientes.

3. El plan director tiene que indicar también las líneas de coordinación, colaboración o cooperación con otros agentes, públicos o privados, bilaterales o multilaterales, que sean necesarios o convenientes para alcanzar los objetivos estratégicos de la cooperación para el desarrollo de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

4. La formulación del proyecto del plan director corresponde a la consejería competente en materia de cooperación para el desarrollo, que tiene que formularla durante los seis primeros meses de cada legislatura, y se basa en un proceso previo y exhaustivo de estudio, información, consulta, evaluación y participación.

5. La formulación definitiva del proyecto del plan director, a propuesta de la consejería competente en materia de cooperación para el desarrollo, corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que la eleva al Parlamento de las Illes Balears para que delibere y, si corresponde, la apruebe.

6. El plan director tiene que fijar los mecanismos y los criterios básicos para evaluar la ejecución de la política de la cooperación que lleva a cabo la administración autonómica, calcular el impacto de los recursos aplicados y controlar el gasto.

7. El plan país o los planes región, que son la concreción de acciones integrales o sectoriales en un área geográfica determinada, tienen que fijar las estrategias concretas de intervención.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-2005 en vigor desde 01-07-2005