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Articulo 13 Cooperación Administración - Ayuntamientos en la selección de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local

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Artículo 13. Alegaciones a las calificaciones

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1. Las personas aspirantes podrán efectuar alegaciones a sus calificaciones en cada prueba o fase del proceso selectivo dentro de los cuatro días siguientes al de la publicación de aquellas.

Cuando se establezca un plazo de alegaciones a la plantilla de respuestas correctas del cuestionario tipo test de acuerdo con lo previsto en la letra g) del artículo 5, este no será inferior a dos días ni superior a cuatro, contados desde la publicación de aquella, y el plazo de alegaciones a las calificaciones de la prueba podrá reducirse a la mitad.

2. Las alegaciones serán resueltas por el órgano de selección antes de la celebración de la siguiente prueba o fase del proceso selectivo, mediante acuerdo que se notificará a las personas que las hubiesen presentado.