Articulo 13 Consejo Consu... Andalucía

Articulo 13 Consejo Consultivo de Andalucía

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Artículo 13.

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El Secretario General será nombrado por el Consejo de Gobierno, a propuesta del Presidente del Consejo Consultivo, oído el Pleno del mismo.

Ejercerá las funciones que le atribuya el Reglamento Orgánico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-04-2005 en vigor desde 09-05-2005