Articulo 13 Concertación ...ecializada

Articulo 13 Concertación de plazas con centros de atención especializada

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Artículo 13. Publicidad.

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Tanto en su publicidad, como en sus comunicaciones oficiales, los centros concertados harán pública esta condición de la forma que reglamentariamente se determine. A tales efectos se establecerá un modelo de placa que cada centro deberá exponer en lugar visible y destacado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-10-1996 en vigor desde 02-10-1996