Articulo 13 Comercio de La Mancha

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Artículo 13. Cambio de titularidad.

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Cualquier cambio en la titularidad de un gran establecimiento comercial deberá ser comunicado a la Consejería competente en materia de comercio en un plazo no superior a quince días desde que se produce la cesión o transmisión, indicando los datos identificativos de dicha transmisión, concretamente los referidos a las partes intervinientes y al establecimiento objeto de transmisión, sin perjuicio de lo establecido en materia de defensa de la competencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-05-2010 en vigor desde 22-05-2010