Articulo 13 Atribución de...ón Pública

Articulo 13 Atribución de competencias en materia de personal, en desarrollo de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública

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Artículo 13.

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Corresponde a los Ministros y a los Secretarios de Estado el nombramiento y cese del personal eventual.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-12-1984 en vigor desde 27-12-1984