Articulo 13 Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Israelitas de España
Articulo 13 Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Israelitas de España
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»Artículo 13.
Vigente
El Estado y la Federación de Comunidades Israelitas de España colaborarán en la conservación y fomento del patrimonio histórico, artístico y cultural judío, que continuará al servicio de la sociedad, para su contemplación y estudio.
Dicha colaboración se extenderá a la realización del catálogo e inventario del referido patrimonio, así como a la creación de Patronatos, Fundaciones u otro tipo de instituciones de carácter cultural.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-11-1992 en vigor desde 13-11-1992