Articulo 13 Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Israelitas de España
Articulo 13 Acuerdo de Co... de España

Articulo 13 Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Israelitas de España

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Artículo 13.

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El Estado y la Federación de Comunidades Israelitas de España colaborarán en la conservación y fomento del patrimonio histórico, artístico y cultural judío, que continuará al servicio de la sociedad, para su contemplación y estudio.

Dicha colaboración se extenderá a la realización del catálogo e inventario del referido patrimonio, así como a la creación de Patronatos, Fundaciones u otro tipo de instituciones de carácter cultural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-11-1992 en vigor desde 13-11-1992