Artículo 1291 Código del ... de Aragón

Artículo 129-1. Nombramiento.

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 129-1. Nombramiento.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Conforme a lo regulado en la legislación sobre jurisdicción voluntaria se nombrará defensor a la persona que se estime más idónea para el cargo.

Modificaciones