Articulo 129 Promoción y acceso a la vivienda
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»Artículo 129. Sanciones.
Vigente
Las sanciones que se impongan por la comisión de las infracciones indicadas en el artículo anterior, serán las establecidas con carácter general en el artículo 98 de la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-2019 en vigor desde 07-05-2019