Articulo 129 Educación de La Mancha
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»Artículo 129. Becas y ayudas al estudio.
Vigente
1. Todos los alumnos y alumnas tienen el derecho a acceder, en condiciones de igualdad, y de acuerdo con su situación socioeconómica, al sistema público de becas y ayudas. En la enseñanza postobligatoria las becas y ayudas al estudio tendrán en cuenta además el resultado académico de su esfuerzo.
2. El Gobierno de Castilla-La Mancha arbitrará, en coordinación con la Administración estatal, un sistema de becas y ayudas para facilitar a las familias la continuidad en la escolarización, y para el acceso y la permanencia en las enseñanzas de bachillerato y ciclos formativos de formación profesional.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales. [2012/3086]
(DOCM de 29-02-2012) en vigor desde 01-03-2012