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Articulo 129 Derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia

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Artículo 129. Selección de la familia acogedora

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1. Una vez determinada la modalidad, si esta fuera de las que pueden tener lugar en familia extensa, se valorarán las condiciones y la relación con la persona protegida, de aquellos familiares o personas allegadas que se hayan ofrecido para su acogimiento. Sin perjuicio de que la entidad pública pueda acordar en cualquier momento la forma de ejercicio de la guarda más adecuada para el interés de las personas protegidas, se establece un plazo máximo de seis meses desde la fecha de la resolución de desamparo, para que la familia extensa presente su ofrecimiento. Transcurrido dicho plazo los ofrecimientos para el acogimiento de la familia extensa únicamente podrán tramitarse de oficio por la entidad pública.

2. Para el acogimiento familiar se seleccionará, con sujeción a los principios de inclusión, igualdad de oportunidades y no discriminación, a una familia que pueda satisfacer el interés y las necesidades particulares de la persona acogida, promoviendo su desarrollo integral y su participación plena en la vida familiar y social, respetando su identidad familiar, proporcionando un entorno estimulante y ofreciéndole una base segura de apego a través del cuidado responsable y afectivo. En el caso del acogimiento permanente, se valorará, además, si estas condiciones pueden cumplirse también a largo plazo, hasta que la persona protegida alcance la mayoría de edad.

3. Salvo que el interés del niño, niña o adolescente aconseje otra medida, se dará prioridad para el acogimiento a las personas que, teniendo la consideración de familia extensa, reúnan las condiciones del apartado anterior. Si no hubiera ofrecimientos en la familia extensa de personas que cumplan dichas condiciones, se seleccionará una familia educadora que se ajuste a ellas, escogiendo, de entre las que hubieran sido declaradas aptas para la modalidad de que se trate, aquella que mejor responda al interés de la persona protegida.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2018 en vigor desde 25-12-2018