Articulo 129 Atención y derechos de la infancia y la adolescencia
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Artículo 129. Propuesta de resolución

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Una vez completada la instrucción del expediente, en el plazo de diez días, el instructor o instructora tiene que enviar a la comisión de desamparo y tutela competente una propuesta de resolución, junto con la propuesta de plan individualizado de protección y el resto del expediente, para solicitar su dictamen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-02-2019 en vigor desde 28-05-2019