Articulo 128 TR. Ley General de la Hacienda Pública
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»Artículo 128. Actuaciones de control.
Vigente
Cuando los hechos y circunstancias que motiven el reintegro se conozcan como consecuencia de actuaciones de control de la Intervención General de la Junta de Andalucía, ésta dará traslado al órgano o entidad concedente de la subvención de que se trate, de las actas e informes de comprobación en que se plasmen los resultados de los controles realizados, para la instrucción y resolución del procedimiento de reintegro.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-03-2010 en vigor desde 19-03-2010