Articulo 128 Régimen específico de tasas

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Artículo 128. Cuantía.

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Conceptos

Pesetas

Por levantamiento de planos:

Por levantamiento de itinerarios:

320 ptas/Km

Por confección del plano:

50 ptas/Ha

Por replanteo de planos:

de 1 a 1000 metros:

680 ptas/Km

de más de 1 Km o fracción:

680 ptas/Km

Por deslinde:

Por apeo y levantamiento topográfico:

1.050 ptas/Km

Por amojonamiento

Por el replanteo:

680 ptas/Km

Por reconocimiento y recepción de obras:

10% del presupuesto de ejecución.

Por cubicación e inventario de existencias

Por inventario de arboles:

1 ptas/m3

Por calculo de frutos y otros productos:

1 ptas/m3

Por existencia apeadas: el 5 por mil del valor del inventario

Por cubicación e inventario en montes rasos:

13 ptas/Ha

Por cubicación e inventario en montes bajos:

50 ptas/Ha

Por valoraciones

Por valoraciones hasta 50.000 ptas:

2.610 ptas

Por valoraciones superiores a 50.000 ptas:

5.300 ptas

Por ocupaciones y autorizaciones de cultivos agrícolas en terrenos forestales

Por la demarcación o señalamiento del terreno, hasta 20 Ha:

60 ptas/Ha

Por las restantes:

95 ptas/Ha

Por la inspección anual del disfrute:

5% del canon o renta anual del disfrute.

Por catalogación de montes y formación del mapa forestal, las primeras 1000 Ha

5 ptas/Ha

Las restantes:

2 ptas/Ha

Por informes, el 10% del importe de la tarifa que corresponda a la ejecución del servicio o trabajo:

mínimo 800 ptas.

Por memorias informativas de montes, hasta 250 Ha. de superficie:

20 ptas/Ha

De 250.01 Ha a 1000 Ha de superficie:

680 ptas/Ha

De 1000.01 Ha a 5000 Ha de superficie:

3 ptas/Ha

De más de 5000.01 Ha de superficie:

1 ptas/Ha

Por señalamiento de inspección de toda clase de aprovechamiento y disfrutes forestales, piscícolas y cinegéticas

260 ptas/Ha

En montes catalogados y privados y aguas de dominio público

Maderas

Por señalamiento hasta 100 m3:

30 ptas/m3

Entre 100.01 hasta 200 m3:

25 ptas/m3

A partir de 200.01 m3:

12 ptas/m3

Por cortadas en blanco:

el 75% del señalamiento.

Por reconocimientos finales:

el 50% de los señalamientos.

Leñas

Por señalamientos, los primeros 500 estéreos:

7 ptas/unid

Los restantes:

4 ptas/unid

Por reconocimientos finales:

el 75% del señalamiento.

Pastos y ramoneos

Por las operaciones anuales, hasta 500 Ha:

11 ptas/unid

De 500.01 a 1000 Ha:

5 ptas/unid

De 1000.01 a 2000 Ha:

3 ptas/unid

A partir de 2000.01 Ha:

2 ptas/unid

Frutos y semillas

Por reconocimientos anuales, los primeros 1000 Qm:

5 ptas/Qm

Los restantes:

2 ptas/unid

Palmito y otras plantas industriales

Por reconocimientos anuales:

15 ptas/unid

Entrega de toda clase de aprovechamientos:

El 1% de la tasación hasta 5000 ptas.; el resto incrementado en 0,25 %

Gastos diversos

Los gastos de locomoción y dietas se evaluaran en el 50% del importe total de la tasa.

Por redacción de planos, estudios y proyectos de ordenaciones y sus revisiones:

Memorias preliminares de ordenación,

hasta 500 Ha de superficie:

1.725 ptas.

De 500.01 a 1000 Ha:

2.140 ptas.

De 1000.01 a 5000 Ha:

4.315 ptas.

De 5000.01 a 10000 Ha:

6.450 ptas.

De más de 10000 Ha:

8.610 ptas.

Por la confección de proyectos de ordenación de montes

Hasta 1000 Ha:

165 ptas/Ha

Más de 1000 Ha:

260 ptas/Ha

Revisiones de proyectos

Memorias preliminares hasta 500 Ha:

860 ptas/Ha

De 500.01 a 1000 Ha:

1.070 ptas/Ha

De 1000.01 a 5000 Ha:

2.160 ptas/Ha

De 5000.01 a 10000 Ha:

3.220 ptas/Ha

Mas de 10000.01 Ha:

4.305 ptas/Ha

Por las revisiones de planos de ordenaciones:

el 50 % del valor del proyecto

De obras, trabajos e instalaciones de toda índole:

el 3 % presupuestado

De comarcas de interés forestal y perímetros de repoblación obligatoria

Por la redacción de la memoria del reconocimiento general:

8.610 ptas.

Por la dirección en la ejecución de toda clase de trabajos, obras y aprovechamiento e instalaciones

Hasta 200.000 ptas.:

el 6%

Por el exceso de 200.000 ptas.:

el 4.5%

Por refundición de dominios y rendición de servidumbres se aplicará aquella tarifa que resulte más acorde con el trabajo a ejecutar

Por certificaciones:

3.480 ptas.

Por inspecciones:

1.725 ptas.

Por inscripciones:

795 ptas.

Por sellado de libros:

260 ptas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-1998 en vigor desde 25-12-1998