Articulo 128 Actividad Fí... de Murcia

Articulo 128 Actividad Física y Deporte de Murcia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 128. Notificación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La resolución recaída deberá notificarse a los interesados, con expresión de los recursos que puedan formularse contra la misma, los órganos ante los cuales pueden interponerse y del plazo para su interposición.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-2015 en vigor desde 18-04-2015