Articulo 127 TR de las di...upuestario

Articulo 127 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario

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Artículo 127.- Vigencia.

Vigente

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En el supuesto de que la Ley de Presupuestos Generales de un ejercicio extendiese su vigencia al siguiente con carácter de prórroga, el régimen de los Presupuestos Generales prorrogados se ajustará a los términos establecidos en el presente Título.

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  • Texto Original. Publicado el 28-06-2011 en vigor desde 18-07-2011