Articulo 127 Tasas y precios públicos de Andalucía
Artículo 127. Cuota tributaria.
El importe de la cuota tributaria es:
1. | Por la tramitación de la solicitud de inscripción, siendo autor y titular de los derechos la misma persona, por cada creación original. | 15 euros | |
2. | Por la tramitación de la solicitud de inscripción de obras colectivas. | 185 euros | |
3. | Por la tramitación de la solicitud de inscripción de la transmisión «inter vivos» de la titularidad de los derechos de explotación. | 185 euros | |
4. | Por la tramitación de la solicitud de inscripción de la transmisión de derechos de autor de trabajadores asalariados y de la transmisión de derechos de autor en los casos previstos en la normativa aplicable en materia publicitaria. | 108 euros | |
5. | Por la tramitación de la solicitud de inscripción de la transmisión «mortis causa» de la titularidad de los derechos de explotación. | 73 euros | |
6. | Por expedición de certificados. | 12 euros | |
7. | Por expedición de notas simples. | 7 euros | |
8. | Por expedición de copia certificada de documentos: | ||
8.1. | En soporte papel, cada página. | 7 euros | |
8.2. | En soporte distinto al papel (cada página y soporte). | 5 euros/página 2 euros/soporte | |
9. | Por la tramitación de la solicitud de anotaciones preventivas y cancelaciones. | 37 euros | |
10. | Por la tramitación de solicitud de traslado de asientos. Por cada asiento. | 37 euros |
- Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022