Articulo 127 Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
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»Artículo 127. Actividades sujetas a vigilancia, inspección y control.
Vigente
Serán objeto de vigilancia, inspección y control ambiental todas las actividades, actuaciones e instalaciones desarrolladas y radicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2007 en vigor desde 20-01-2008