Articulo 1269 Código civil
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 1269
Vigente
Hay dolo cuando, con palabras o maquinaciones insidiosas de parte de uno de los contratantes, es inducido el otro a celebrar un contrato que, sin ellas, no hubiera hecho.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889