Articulo 126 TR. Ley reguladora de los residuos
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»Artículo 126. Estatuto de los inspectores y de las inspectoras ambientales
Vigente
En el ejercicio de su función, los inspectores y las inspectoras tienen el carácter de autoridad y pueden solicitar el apoyo de cualquier otra, bien sea de los mossos d esquadra, bien sea de los cuerpos de seguridad del Estado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-07-2009 en vigor desde 29-07-2009