Articulo 126 Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión
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»Artículo 126.- Derecho a acceder a servicios de apoyo para mejorar la empleabilidad.
Vigente
1.- Se reconoce a las personas titulares y beneficiarias de las prestaciones y ayudas del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión el derecho a acceder a los servicios de apoyo para mejorar su empleabilidad previstos en la legislación de empleo.
2.- El acceso a estos servicios se realizará en el marco del Programa Integrado y Personal de Inclusión, que identificará los servicios de apoyo a la empleabilidad que se pondrán a disposición de la persona destinataria y su alcance.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 29-03-2023