Articulo 126 Sistema de g... de la PAC

Articulo 126 Sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la PAC

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 126. Sistema de monitorización de superficies y controles por monitorización (SMS).

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El FEGA, O.A. coordinará el correcto funcionamiento de los sistemas de seguimiento, vigilancia y control, a cuyo efecto y para servir con objetividad a los intereses generales y actuar de acuerdo con los principios de eficacia y coordinación en todo el territorio nacional, prestará la asistencia técnica, administrativa y financiera necesaria para realizar las tareas de monitorización de las superficies agrícolas obteniendo la información relevante para los indicadores de realización y resultado y verificando los criterios de subvencionabilidad, compromisos y otras obligaciones de las intervenciones de ayudas directas y de desarrollo rural y, en su caso, de la condicionalidad que se concedan por superficie en el ámbito del Sistema Integrado de Gestión y Control.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 01-01-2023