Articulo 126 Medidas trib...008 Aragón

Articulo 126 Medidas tributarias 2008 Aragón

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Artículo 126.-Tarifas.

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La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas.

Tarifa 01. Por la autorización de observación y fotografía de especies, 57,10 €

Tarifa 02. Por la autorización para la tenencia de aves de cetrería, 45,68 €

Tarifa 03. Por la autorización para la tenencia de hurones, 20,55 €

Tarifa 04. Por la autorización para la creación o ampliación de granjas cinegéticas y por la autorización para la creación o ampliación de centros de acuicultura, 205,55 €