Articulo 125 TR Ley del Suelo

Articulo 125 TR. Ley del Suelo

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Artículo 125. - Documentos de los Estudios de Detalle.

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1. Los Estudios de Detalle contendrán los siguientes documentos.

a) Memoria justificativa de la conveniencia de las soluciones adoptadas.

b) Planos a escala adecuada que expresen las determinaciones que se completan, adaptan o reajustan, con referencias precisas a la nueva ordenación y su relación con la anteriormente existente.

2. Cuando la finalidad del Estudio de Detalle sea la reordenación de volúmenes, deberá analizar su influencia sobre el entorno afectado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2005 en vigor desde 09-01-2006