Articulo 125 Impulso para la sostenibilidad del territorio
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 125. La reversión y retasación de los bienes y derechos expropiados por razón de urbanismo.
Vigente
Para la determinación de los supuestos en los que proceda la reversión y retasación de los bienes y derechos expropiados por razón de urbanismo se estará a lo establecido en la legislación estatal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-12-2021 en vigor desde 23-12-2021