Articulo 125 General de C...udiovisual

Articulo 125 General de Comunicación Audiovisual

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Artículo 125. Comunicaciones comerciales audiovisuales con régimen específico.

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Sin perjuicio de lo establecido en esta ley, se aplicará la normativa específica a las comunicaciones comerciales audiovisuales relativas, entre otras cuestiones, a:

a) Publicidad institucional.

b) Protección del medio ambiente.

c) La seguridad de las personas.

d) Servicios bancarios y financieros.

e) Productos alimenticios.

f) Participación política y propaganda electoral.