Articulo 124 Sistema Vasc... Inclusión

Articulo 124 Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 124.- Causas de resolución del Programa Integrado y Personal de Inclusión.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1.- Serán causas de resolución del Programa Integrado y Personal de Inclusión, las siguientes:

a) Cumplimiento de los objetivos de inclusión previstos en él.

b) Incumplimiento reiterado de las obligaciones y compromisos asumidos en el Programa Integrado y Personal de Inclusión.

c) Acuerdo de las partes.

d) Renuncia de la persona destinataria.

e) Cumplimiento del plazo de vigencia y, en su caso, de las prórrogas.

2.- La resolución del Programa Integrado y Personal de Inclusión tendrá los efectos previstos en esta ley y en la normativa del ingreso mínimo vital.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 29-03-2023