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Articulo 124 Servicios sociales de C. León

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Artículo 124. Prescripción de las sanciones.

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Las sanciones en materia de servicios sociales prescribirán al año las leves, a los cuatro años las graves y a los cinco años las muy graves.

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  • Texto Original. Publicado el 21-12-2010 en vigor desde 21-03-2011