Articulo 123 Recuperación...ra agraria

Articulo 123 Recuperación de la tierra agraria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 123. Declaración y ámbito espacial de los espacios agrarios de experimentación

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La Agencia Gallega de Desarrollo Rural podrá declarar, mediante acuerdo de su Consejo Rector, una aldea modelo como espacio agrario de experimentación cuando, finalizado el procedimiento de concurrencia competitiva regulado en el artículo 116, no se hayan presentado en plazo propuestas o ninguna de las presentadas cumpla los requisitos exigidos. También podrá declarar como espacio agrario de experimentación, mediante acuerdo del Consejo Rector, terrenos incluidos en el ámbito de instrumentos de recuperación o movilización de tierras o propiedad de Agader.

2. En el caso de que el espacio agrario de experimentación non abarcase la totalidad de las parcelas de la aldea modelo, la Agencia Gallega de Desarrollo Rural podrá convocar un nuevo procedimiento de concurrencia competitiva en los términos previstos en el artículo 116, referido a las parcelas no integradas en dicho espacio.

Modificaciones