Articulo 123 Medidas tributarias 2008 Aragón
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»Artículo 123.-Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación, por los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de los servicios y actuaciones administrativos conducentes a la obtención de autorizaciones que acontinuación se relacionan.
a) Autorización de observación y fotografía de especies.
b) Autorización para la tenencia de aves de cetrería.
c) Autorización para la tenencia de hurones.
d) Autorización para la creación o ampliación de centros de acuicultura.
e) Autorización para la creación o ampliación de granjas cinegéticas.