Articulo 123 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 123.- Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación, por los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de los servicios y actuaciones administrativos conducentes a la obtención de autorizaciones que a continuación se relacionan.
a) Autorización de observación y fotografía de especies.
b) Autorización para la tenencia de aves de cetrería.
c) Autorización para la tenencia de hurones.
d) Autorización para la creación o ampliación de centros de acuicultura.
e) Autorización para la creación o ampliación de granjas cinegéticas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014