Articulo 123 Actividad física y deporte de I. Balears
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»Artículo 123. Lista de sustancias y métodos prohibidos
Vigente
En todas las competiciones y actividades deportivas que se celebren en las Illes Balears, es aplicable la lista de sustancias, grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios destinados a aumentar artificialmente las capacidades físicas de las personas deportistas o a modificar los resultados de las competiciones, aprobada y publicada por el Consejo Superior de Deportes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-02-2023 en vigor desde 03-03-2023